¿Cómo deben identificarse los aceites lubricantes de motor?

El gobierno mexicano es minucioso al emitir regulaciones dentro de la industria automotriz.

27 junio, 2018

La identificación de los lubricantes se encuentra definida en la NORMA 116, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 1998 y fue actualizada en el 2002. Para la generación de dicha norma participaron al menos 44 instituciones y empresas mexicanas. Pero, ¿de qué habla? ¿Qué busca?

Dicha regulación, emitida por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, cuyo título completo es NOM-116-SCFI-199, toca temas que interesaron a empresas distribuidoras de aceites lubricantes para motores. En este sentido, el objetivo de esta norma es el de fijar la información comercial que se debe mostrar en etiquetas de aceites lubricantes para motores.

Cuando se refiere a la ‘información comercial’, que tiene que estar colocada en la cara principal, se habla del nombre, denominación y domicilio fiscal del fabricante. Se tiene que expresar en términos comprensibles, tiene que llevar el nombre genérico del producto, número de lote en recipientes mayores a 5 L, la leyenda “Hecho en México” o el del país de origen y tiene que estar en el idioma español sin perjuicio de que se exprese en otros idiomas.